Ressource pédagogique : L’extraordinaire et son financement dans les Finances royales espagnoles au XVIIIe siècle / Jean-Pierre Dedieu

cours / présentation - Date de création : 17-10-2011
Auteur(s) : Jean-Pierre DEDIEU
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Présentation de: L’extraordinaire et son financement dans les Finances royales espagnoles au XVIIIe siècle / Jean-Pierre Dedieu

Informations pratiques sur cette ressource

Langue du document : Espagnol
Type pédagogique : cours / présentation
Niveau : master, doctorat
Durée d'exécution : 27 minutes 9 secondes
Contenu : image en mouvement
Document : video/mp4
Taille : 1.16 Go
Droits d'auteur : libre de droits, gratuit
Droits réservés à l'éditeur et aux auteurs. Tous droits réservés à l'Université Toulouse II-Le Mirail et aux auteurs.

Description de la ressource pédagogique

Description (résumé)

L’extraordinaire et son financement dans les Finances royales espagnoles au XVIIIe siècle / Jean-Pierre Dedieu. In colloque Changement institutionnel et fiscalite? dans le monde hispanique (1750-1850) organisé par le laboratoire Framespa. Toulouse : Université Toulouse II-Le Mirail, 17 -19 octobre 2011. Thématique 1 : Monarchie, guerre et politique fiscale / Monarquia, guerra y políticas fiscales, 17 oct. 2011.  El debate sobre el crédito público en el siglo XVIII está dominado a nivel internacional por el caso inglés. La creación del Banco de Inglaterra como intermediario entre el Estado y el inversionista generó una mayor transparencia sobre la situación financiera de la Monarquía británica, que se tradujo en tasas de interés menores, es decir en una mayor capacidad de endeudamiento; o sea una ventaja comparativa frente a los estados continentales, en los cuales imperaba la opacidad sobre la hacienda estatal, con los efectos inversos. Esta tesis descansa sobre una comparación implícita que importa contrastar con estudios empíricos referentes a otros Estados. Es lo que nos proponemos hacer en el caso español. En el siglo XVII al deuda pública en España se generaba, se desarrollaba y en su caso se pagaba bajo el régimen de la opacidad, atemperada por el favor real. No había emisión de deuda propiamente dicha, sino atrasos de pago aleatorios que, al acumularse, llevaban a arreglos negociados, las llamadas suspensiones de pago, con conversión de lo debido en juros. Estos no eran títulos de deudas, sino favores concedidos por la gracia real a quien le parecía. El mecanismo se agotó en la segunda mitad del siglo XVII, llevando a una de las peores bancarrotas estatales de la historia, en la que se consumió lo equivalente de veinticinco años de gastos anuales de la Monarquía en Castilla. No sólo se esfumó el crédito del rey, sino también una visión de las relaciones crediticias entre éste y el reino basada en una relación más interpersonal que institucional. Este descrédito llevó consigo, a principios del siglo XVIII, la implantación de instituciones financieras y hacendísticas nuevas. La Tesorería general, la Pagaduría general de juros, la reorganización y la simplificación drástica del sistema de cobranza de los impuestos que tuvo lugar entre 1712 y 1724, si bien preservaban el principio del absolutismo real e incluso se pueden legítimamente interpretar como una acentuación del mismo, implantaron de hecho una serie de mecanismos técnicos que imponían al rey una estricta disciplina financiera. El más importante de todos era sin duda el proceso de transmisión de cuentas del tesorero mayor saliente al tesorero entrante, que obligaba a establecer un balance del descubierto acumulado, una magnitud de la que la comunidad financiera quedaba obviamente informada conocía. Lo que le permitió imponer al rey decisiones política de reducción de gastos antes de que el sistema se saliera de control. El final de las Guerras de Italia y la política pacifista de Fernando VI son consecuencias directas de tales presiones. La transparencia se consiguió, al igual que en Inglaterra, sino que por mecanismos técnicos, no por la vía política. Después de más de medio siglo de semejante disciplina, el crédito de la monarquía se había restablecido, pero esta vez sobre bases de transparencia contable. La Guerra de la independencia americana se financió por vales reales, adosados a la excelente garantía de los fondos acumulados en las Cajas reales de Indias. Al finalizar la contienda, fue la propia comunidad financiera quien sugirió que en vez de pagarse, los vales podían perpetuarse como papel moneda. Las guerras revolucionarias se financiaron igualmente con la emisión de vales. La deuda no crecía por una acumulación de arreglos circunstanciales, de micro-decisiones, tal como se había generado en el siglo XVII, sino por la emisión de papel, públicamente anunciada, reconocida como tal, remunerada y públicamente cotizada. La defensa del crédito del Estado, es decir la satisfacción de las exigencias de deudores claramente identificados, pasaba a ser la clave en que se cifraba la política del Estado. En su nombre, se emprendieron reformas sociales de gran calado que equivalían a una revolución y los intereses de los vales, por lo menos de los que estaban en manos del público en general, se pagaron religiosamente hasta la invasión francesa de 1808. La relación entre el rey y sus "vasallos" habían dejado de ser, en España también, las de un padre con sus hijos, entre quienes se intercambiaban bienes pero no se llevaban cuentas. Se habían transformado en las de acreedor con sus acreedores, una perspectiva que tanto había horrorizado a Felipe IV cuando se le insinuó que tal era el medio de restablecer un crédito real ya bastante resquebrado a mediados del siglo XVII; pero una visión que sirvió de base a la Hacienda del siglo XIX. En el siglo XVIII, la diferencia con Inglaterra residía en el contexto político. El sistema inglés estaba totalmente integrado, en el sentido de que la política nacional la decidían diputados que representaban a los grupos que financiaban la Monarquía; lo que constituía un mecanismo autoregulado para optimizar la relación gasto/ingresos y minimizar los gastos de intermediación. Estos se traspasaban del campo financiero al campo político. Allí, a nuestro juicio, residía la ventaja de Inglaterra. La transparencia financiera y el Banco de Inglaterra no eran sino derivados de esta revolución política. En España, ésta no se dió. Y cuando se dio consechó éxitos, pero en un contexto internacional e interno que restó brillantez a los mismos.

"Domaine(s)" et indice(s) Dewey

  • Finances publiques (336)
  • Histoire de l'Espagne (1700-1808) (946.054)

Thème(s)

Intervenants, édition et diffusion

Intervenants

Fournisseur(s) de contenus : Samir BOUHARAOUA, Université Toulouse II-Le Mirail SCPAM

Éditeur(s)

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AUTEUR(S)

  • Jean-Pierre DEDIEU

ÉDITION

Université Toulouse II-Le Mirail

EN SAVOIR PLUS

  • Identifiant de la fiche
    9792
  • Identifiant
    oai:canal-u.fr:9792
  • Schéma de la métadonnée
  • Entrepôt d'origine
    Canal-U
  • Date de publication
    17-10-2011